El Registro único de Alojamiento es el instrumento que permite registrar a los prestadores turísticos del sector alojamientos, quienes intermedian, ofrecen o contratan con turistas, visitantes o cualquier persona que desee pernoctar más de un día.
¿Quiénes pueden realizarlo?
Personas físicas o jurídicas que cuenten con unidades habitacionales en cualquiera de sus modalidades y trabajen en forma continua con la prestación del servicio de alojamiento turístico.
¿Cuándo y dónde se realiza el trámite?
Los alojamientos deberán inscribirse en el Departamento de Comercio del Ejecutivo Municipal, quién es el encargado de otorgar modalidad y habilitación. Una vez inscriptas y aprobadas las solicitudes, dicha oficina remitirá la nómina a la Dirección de Turismo la cual a partir de ese momento es la encargada de controlar, asesorar, capacitar y actualizar dichas habilitaciones.